Los diputados nacionales Pedro Galimberti y Fernando Carbajal denunciaron al juez Diego Martín Kormick y pidieron su remoción. Se trata de una denuncia por mal desempeño que fue presentada este miércoles 7 de diciembre ante el Consejo de la Magistratura de la Nación, luego de que el magistrado a partir de una acción de amparo promovida por el Diputado Germán Pedro Martínez (Frente de Todos), declaró nula la Resolución de la Presidencia de la Cámara de Diputados que había designado a los representantes ante el Consejo de la Magistratura de la Nación.
Diego Martín Kormick, titular del Juzgado Contenciosos Administrativo N°11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el magistrado que, en el marco de la acción de amparo promovida por el Diputado Germán Pedro Martínez (Frente de Todos), declaró nula la Resolución Nº689/22 de la Presidencia de la Cámara de Diputados mediante la cual se habían designado a los representantes de la misma ante el Consejo de la Magistratura de la Nación.
«El fallo en cuestión resulta arbitrario e ilegal, toda vez que ha avanzado en la consideración de una cuestión que se tornó abstracta (…) Asimismo, el Juez Kormick no solo falló sobre una cuestión que se había tornado abstracta, sino que, además de fallar más allá de lo peticionado por las partes, pretendió avanzar sobre las facultades propias de otro poder del Estado como es el legislativo dándole pautas respecto de cómo debe en el futuro designar a sus representantes, extralimitándose claramente en su función y avanzando sobre las competencias de la Cámara de Diputados de la Nación, lo que resulta atentatorio de nuestro Estado Constitucional de Derecho», dicen Pedro Galimberti y Fernando Carbajal, Diputados de la Unión Cívica Radical de Entre Ríos y Formosa, respectivamente.
Los legisladores sostienen que pretender avanzar sobre la competencia de otro Poder del Estado es una falta grave, que tipifica como mal desempeño y el juez resulta pasible de ser removido.
«En definitiva, podemos afirmar que la sentencia constituye un error judicial inexcusable configurativo de la causal de mal desempeño, lo cual se encuentra cabalmente acreditado y la consecuencia indefectible que la misma acarrea es la sanción de remoción, por lo tanto ninguna duda cabe que la conducta desplegada por el magistrado resulta atentatoria de la división de poderes, elemento basal de nuestra República», argumentan los denunciantes.
En consecuencia, Galimberti y Carbajal solicitaron ante el Consejo de la Magistratura de la Nación que se gire, sin más trámite, la denuncia a la Comisión de Disciplina y Acusación, de conformidad con lo establecido en el reglamento de la misma.