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Denunciaron penalmente a Sergio Urribarri por presunto enriquecimiento ilicito

Los abogados Rubén Pagliotto -presidente de la Sección Paraná del Colegio de Abogados- y Guillermo Mulet -denunciante en la causa por las cosechadoras truchas de Concepción del Uruguay-, iniciaron la demanda e impulsan una investigación judicial sobre el patrimonio del ex gobernador Sergio Urribarri y su familia.

La denuncia se basa en la investigación publicada por la revista Análisis que deja planteada la inquietud sobre el presunto enriquecimiento ilícito de la familia compuesta por el ex gobernador y ahora presidente de la Cámara de Diputados de la provincia, Sergio Urribarri; su esposa Ana Lía Aguilera; los hijos que tienen en común; y el hermano de la señora, Juan Pablo Aguilera -ex funcionario de la Cámara de Senadores de la provincia y director o representante de la Casa de Entre Ríos en Capital Federal.

La investigación periodística, ahora tomó forma de denuncia penal y fue presentada en la Procuración General del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, que dirige Jorge García.

Los abogados Rubén Pagliotto -presidente de la Sección Paraná del Colegio de Abogados- y Guillermo Mulet -denunciante en la causa por las cosechadoras truchas de Concepción del Uruguay, en la que el viernes pasado se imputó al ex ministro de Economía Diego Valiero y al ex ministro de la Producción Roberto Schunk-, iniciaron la demanda e impulsan una investigación judicial.

Los denunciados son «Sergio D. Urribarri, ex gobernador de la provincia y actualmente diputado provincial; sus hijos Sergio Damián Urribarri, quien habría sido empleado público en el área del Ministerio de Gobierno de la provincia hasta hace menos de dos años; Mauro Gabriel Urribarri, actualmente ministro de Gobierno de Entre Ríos -ex Secretario de la Cámara de Senadores de la provincia- y Juan P. Aguilera -ex funcionario de la Cámara de Senadores de la provincia y director o representante de la Casa de Entre Ríos en Capital Federal-«.

«Todos los nombrados aparecerían como sujetos activos del delito que precipitaría en la figura del Enriquecimiento Ilícito de Funcionario o Empleados Públicos, prevista en el art. 268º, inciso 2 del Código Penal», se planteó en la demanda.

«A su vez y a unísono, la presente denuncia penal se dirige también contra Ana Lía Aguilera, Bruno Saúl Urribarri y Franco D. Urribarri -esposa e hijos, respectivamente, de Sergio D. Urribarri-, por fungir de personas interpósitas para disimular el enriquecimiento, sobre todo, del ex gobernador y actual diputado provincial. También, contra toda otra persona que haya desempeñado el rol de interpuesta para disimular el incremento patrimonial aludido, tal el caso de los nombrados tangencialmente en la nota periodística: Luciana Ma. Belén Almada; Emiliano G. Giacopuzzi; Alejandro Luis Almada y Maximiliano Romeo Sena», se detalló luego.

 

LOS HECHOS

 

La denuncia parte de la nota periodística publicada en la Edición Número 1035 de la revista ANÁLISIS, escrita por el periodista Daniel Enz.

«De la atenta lectura de la nota -fotos ilustrativas incluidas- se da cuenta -de modo incontrastable e inequívoco-, de un meteórico, desproporcionado y cuantioso crecimiento patrimonial de los denunciados, en abierto contraste con su condición económica previa al acceso a sus cargos y los emolumentos percibidos. Piénsese por caso, que Sergio Daniel Urribarri pasó sin solución de continuidad de empleado bancario de baja categoría (cajero) del Banco de Entre Ríos, a ocupar una banca en la Cámara de Diputados a principios de la década del 90 y desde allí jamás dejó de formar parte -en distintos cargos- del funcionariado del gobierno provincial -varias veces diputado, ministro de Gobierno, dos veces gobernador y en la actualidad, nuevamente legislador provincial-. Ello pone en evidencia, sin ambages, que fuera del circuito de la burocracia administrativa pública, el ex gobernador y actual diputado, no se le conoce actividad privada ni profesión u oficio de los que pudiere percibir emolumentos que colaborasen con el exagerado incremento de bienes que forman parte de su acervo patrimonial, sea de forma personal o a través de familiares o demás terceros, como da cuenta la especie periodística», se consideró en la denuncia.

En el texto de la demanda, se recuerdan las investigaciones que «generaron intervención tribunalicia y algunas condenas». «Citemos los casos por enriquecimiento ilícito de Mario Yedro, Augusto Alasino, Domingo Daniel Rossi, Raúl Rico, Eduardo Macri y José Ángel Allende -también por negocios incompatibles con la función pública-. Fueron condenados Yedro y Rossi. El caso de Yedro sentó un precedente importante: la Justicia le expropió un campo valuado en 6 millones de dólares, precisamente el predio denunciado como adquirido con dineros de la corrupción. Respecto de Rossi y como hecho histórico, la Justicia uruguaya abrió por primera vez el secreto bancario de cuentas pese a no estar aún procesado. Agreguemos el caso Senado provincial -presidencia Alanis-, cuyos imputados irán a juicio oral; caso ATN/Aciser, donde se condenó a Oscar Mori y a la ex concejal Liliana Morard y el del empresario Roque Carmona, por defraudación millonaria en Paraguay -estuvo dos meses preso pero la justicia argentina no concedió la extradición pese a las pruebas contundentes reunidas en la causa-. Y por estos días, los resonantes casos por abusos graves que involucran a los curas Justo Ilarraz y Marcelino Moya y al ex director de Cultura de Urdinarrain, Javier Broggi».

«Entiéndase que el aumento patrimonial se debe medir teniendo en cuenta ?al momento de la asunción del cargo público- la capacidad o la solvencia económica del funcionario comparado con las posibilidades reales de crecimiento económico posteriores a esa asunción del cargo. Es decir, el aumento patrimonial debe ser proporcional a las posibilidades de crecimiento económico que el cargo público le permitirían al autor», se explicó.

La demanda abunda en normativa nacional e internacional sobre delitos de corrupción. Y, además, cita las palabras del electo gobernador Gustavo Bordet ante la Asamblea Legislativa, el día de la asunción a su cargo, cuando insto a la transparencia en el manejo de la cosa pública.

Más adelante, también se menciona: «Acaso como para echar luz sobre el particular y la especial forma de generar jugosos ‘negocios’ por parte del ex gobernador en el ámbito de la administración pública y amigos personales, se impone como oportuno y pertinente agregar una impresión de una nota aparecida en el día de la fecha en la versión digital de Análisis, bajo el sugerente título: El gobernador Bordet no estaría dispuesto a darle luz verde a la idea de Urribarri y Ballay de contratar una consultora para la ATER. La envergadura y a todas luces sugestiva e innecesaria contratación entre un empresario amigo del ex mandatario y la agencia tributaria, nos releva de consideraciones ulteriores. Sólo confirma la inveterada costumbre de Urribarri -Sergio Daniel- de confundir negocios públicos y privados y la sensación de que las ganancias implícitas o explícitas se direccionaban siempre en su provecho, directa o indirectamente, a instancias de interpuestas personas».

 

PRUEBA INMEDIATAS SUGERIDAS

 

1) Se adjuntó páginas 4/6 de la edición de la revista Análisis, de fecha 17/12/2015. También la nota del día 21/12/2015, aparecida en la versión digital.

2) Testimonial del periodista y director del medio Daniel Enz.

3) Se deberá requerir por Oficio a la Oficina Anticorrupción de la provincia de Entre Ríos-de existir la misma- se remitan con carácter de urgente -y en caso de no dar cumplimiento en 48 horas de dada la orden, allanar dicha dependencia- las Declaraciones Juradas de los señores Sergio D. Urribarri; Mauro G. Urribarri; Sergio Damián Urribarri y Juan P. Aguilera.

4) Se deberá requerir por Oficio a la AFIP-DGI acompañe copias certificadas de las DDJJ de todos los denunciados. Deberá informar asimismo la categoría de contribuyente que revisten, y en qué impuestos están inscriptos y por cuál o cuáles actividades, informando a su vez, la fecha de inicio y/o cese de actividades en cada una.

5) Se deberá requerir a ATER por similares razones, acompañando en cada caso el listado de inmuebles de los que son propietarios, desde cuándo y los avalúos de los mismos. También se informará si los denunciados se encuentran inscriptos como contribuyentes, indicando en qué actividades y desde cuándo.

Se deberá pesquisar la cantidad y tipo de contrataciones establecidas entre la firma 5 TIPOS, TEP SRL y NEXT SRL y el Poder Ejecutivo y/o Legislativo, desde el año 2007 en adelante. Se requerirá a la DIPJ que remitan Memorias y Balances desde su constitución a la fecha de las personas jurídicas aludidas. También a la AFIP-DGI, ATER y AFIM.

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